SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1191/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1191/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

notificación por cédula

           En mérito a dicha representación, la autoridad de la respectiva Administración Tributaria dispondrá que se proceda a la notificación por cédula; la cual, deberá estar acompañada de una copia del acto a notificar y suscrita por la autoridad que la emitió, debiendo ser entregada por el funcionario de la Administración en el domicilio del contribuyente que debió ser notificado de manera personal y realizar tal diligencia a cualquier persona mayor de dieciocho años, o caso contrario, dejar la misma fijada en la puerta de su domicilio, con intervención de un testigo de actuación que también firmará la diligencia.