SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1212/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1212/2015-S1

Fecha: 07-Dic-2015

la posesión

Con relación al segundo punto de la denuncia, que señala que la posesión no fue admitida como derecho en la aludida Sentencia Nacional Agroambiental, los Magistrados demandados, a lo largo del “Considerando VII” de la Resolución Suprema impugnada pretendieron realizar una diferenciación de lo que es la propiedad y la posesión; concluyendo que la doctrina refiere que la posesión es un derecho real provisional sujeta al reconocimiento por parte del Estado; sin embargo, no se refirieron concretamente a ella desde un punto de vista agrario y conforme a la Constitución Política del Estado y las leyes agrarias, sobre los efectos que produce en procesos de saneamiento agrario, correspondía en derecho evidenciar si a tiempo de dictarse la Resolución Suprema objetada se respetaron los entendimientos con relación a la posesión, de esa manera generaron duda razonable en la parte accionante.