Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1250/2015-S3
Fecha: 09-Dic-2015
II.3.
II.3. Cursa memorial presentado por la hoy accionante, por el que respondió al recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público solicitando de acuerdo al art. 315 del CPP señale día y hora de audiencia para la producción de prueba (fs. 6 a 7), solicitud que fue atendida por decreto de 25 de septiembre de 2013 (fs. 69).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. De la motivación y fundamentación en las resoluciones como parte del debido proceso
- precisar que toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.
- III.3. Otras consideraciones
- 2° Se llama severamente la atención