SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1261/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1261/2015-S3

Fecha: 23-Dic-2015

1)

Jorge Gómez Chumacero, Director Nacional a.i. del INRA, a través de sus representantes legales, mediante informe escrito de 21 de julio de 2015, cursante  de fs. 116 a 118, sostuvo que: 1) La Sentencia Nacional Agroambiental S2ª 01/2015 de 5 de enero, se ajustó a derecho, sin advertirse la vulneración de derechos constitucionales y menos de normativa agraria, habiendo realizado una valoración correcta de la prueba producida; 2) Al tratarse de un proceso de puro derecho, se tomó en cuenta para la resolución, toda la documentación aportada así como los antecedentes agrarios producto del proceso de saneamiento y si se solicitó información complementaria al Profesional Especialista Geodesta de la institución, fue para fundamentar el fallo de fondo, pues con o sin observación la Resolución fue emitida conforme a la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria y sus modificaciones; y, 3) Tomando en cuenta que el accionante tiene nacionalidad española, no tiene derecho a detentar tierras dentro del territorio nacional, siendo legal la declaración de tierra fiscal y disponer el desalojo, concluyéndose que los extremos vertidos y reiterados en el memorial de la presente acción de defensa no condicen con los hechos valorados objetivamente por el Tribunal Agroambiental; por lo que, solicitó se deniegue la tutela.