Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1283/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
2)
2)Partiendo de un análisis y los datos que aportan los elementos probatorios, -los Magistrados demandados concluyen- que concurren los elementos de adquisición de buena fe, inscripción en DD.RR., publicidad y continuidad en la posesión, estableciendo que estos elementos no fueron tomados en cuenta por los jueces y tribunales inferiores, indicándose al respecto que: “…habiendo procedido a su registro en Derechos Reales bajo la partida computarizada Nº 010220867 en fecha 10 de agosto de año 1995 (…) habiendo construido su vivienda y la instalación de los servicios públicos (…) así como el pago de impuestos…” (sic);
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada: La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Sobre la falta de fundamentación del Auto Supremo
- b)
- c)
- d)
- 2)
- 3)
- 4)
- III.2.2. En relación a la valoración de la prueba
- Fragmento 22
- CONFIRMAR