SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1283/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1283/2015-S3

Fecha: 23-Dic-2015

d)

d)En relación a la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso y el principio de verdad material, del análisis realizados señalan que el demandante utilizó de manera irrestricta todos los medios de defensa que tenía a su alcance, además que de anunciarlos como lesionados no se indicó cual el agravio sufrido, incumpliendo el art. 258.2 del CPC, es así que se indicó: “…al margen de mencionarlos como vulnerados, el recurrente no específica ni fundamenta cuál el agravio sufrido como señala el art. 258 num. 2) del Código de Procedimiento Civil, requisito que el recurrente no ha cumplido…” (sic).