SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1293/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1293/2015-S3

Fecha: 30-Dic-2015

1)

Andrés Camacho Janckori y Casto Camacho Janckori, mediante memorial presentado el 3 de septiembre de 2014, cursante de fs. 31 a 32, señalaron lo siguiente: 1) Pertenecen a la misma comunidad de Conda Arriba, nunca cortaron la cañería que pasa sobre el río Conda, sino que en marzo de 2010 fue el río que se llevó la cañería del servicio de agua potable y fueron los mismos accionantes quienes sacaron las cañerías de más de ochocientos metros de longitud; 2) A la comunidad Conda Arriba los divide el río Conda y en vista de la escasez de agua para los comunarios de la otra “banda”, hicieron construir un tanque nuevo para todos los comunarios, por lo que los hoy accionantes tienen un tanque nuevo para dotar de agua a la escuela, niños y ancianos; además, en ningún momento prohibieron la instalación de tuberías de agua potable; 3) Los ahora accionantes, quienes viven en la ladera oeste del río Conda, tienen infinidad de vertientes de agua, entre ellas la de “Tangar”, la de la “Familia Nogales”, de “Zeballos”, entre otras, de las que pueden captar agua, inclusive con menor inversión y en mayor cantidad; 4) Reconocen que los accionantes tienen derecho a acceder al agua, empero, para plantear la demanda de amparo constitucional deben cumplir con los requisitos establecidos en el art. “20.II” (sic), es decir, todo servicio de agua potable debe tener licencia de funcionamiento y registro conforme a ley ante las instituciones correspondientes del Estado; 5) Los problemas de acciones sobre el uso de agua y su aprovechamiento, deben ser resueltos por el juez agrario, según el art. 39 inc. 6) de la Ley “INRA”, además que cesaron los efectos del acto reclamado; y, 6) Los hoy accionantes construyeron galpones para granjas de pollos y ello hizo que el agua sea escaza, pues la utilizan en cantidades industriales. 

Mediante Cite: GAMP-MAE/134/2015 de 7 de mayo, Victoriano Montaño Balderrama, Alcalde a.i. del Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de Pocona, provincia Carrasco del departamento de Cochabamba (fs. 473), cumplió con el decreto constitucional de 30 de marzo 2015 (fs. 406 a 407), que requirió Informe Técnico respecto a las fuentes de agua potable existentes en las comunidades Conda Arriba “A” y “B” del municipio de Pocona del departamento de Cochabamba, detallando los siguientes puntos: 1) Cuántas vertientes u otras fuentes de agua potable existen en cada una de las comunidades; 2) Qué cantidad de agua se extrae de cada una de esas vertientes o fuentes de agua potable al día; 3) Qué cantidad de agua necesitan cada una de las comunidades al día, teniendo presente la cantidad de habitantes que tiene cada una de ellas; y, 4) Qué proyectos se implementaron o se implementarán a objeto de proveer la cantidad de agua suficiente a ambas comunidades.

Mediante Nota Interna Cite: TCP-STyD-N° 197/2015 de 11 de mayo, se remitió Informe Técnico de Trabajo de Campo TCP/STyD/UJIOC/N°.015/2015 (fs. 428 a 452), que estableció los siguientes aspectos: 1) La comunidad de Conda Arriba pertenece al municipio de Pocona (3ra. Sección) de la provincia Carrasco del departamento de Cochabamba; según las autoridades y comunarios de la comunidad de Conda Arriba “B”, conforman una sola comunidad denominada Conda Arriba, no existen dos comunidades formalmente reconocidas por los entes matrices, que hasta antes de los problemas que se suscitaron por la vertiente de agua “Pila T’uqu” que se encuentra en la Comunidad de Conda Arriba “A”, convivían organizados en una comunidad, existiendo un directorio que representa a la comunidad perteneciente a Conda “B”, la mayoría de los afiliados pertenecen a la comunidad Conda Arriba “B” (cien afiliados aproximadamente) mientras que la comunidad Conda Arriba “A” cuenta con cuarenta y cinco afiliados; ambas forman parte de la cinco comunidades que están afiliadas a la Sub-central Conda; y a su vez a la Central Sindical Única de Trabajadores Campesinos Regional Pocona, como a la Central Provincial Carrasco, afiliados a la Federación Departamental Cochabamba y finalmente a la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia; 2) La ubicación geográfica de las vertientes de agua de la comunidad Conda Arriba “A” y “B”, se encuentran distribuidas en dos áreas. En la comunidad de Conda Arriba “B” ubicada en la parte norte, se encuentra ocho vertientes de agua; y, en la comunidad Conda Arriba “A” ubicada en parte sur existen cuatro vertientes de agua; 3) Las vertientes de agua de la comunidad Conda Arriba se encuentran en diferentes sitios y lugares, teniendo diferentes características en cuando al grado de humedad, no todas las vertientes poseen el mismo volumen de caudal, que depende de las estaciones, en verano con abundante agua en la mayoría de las vertientes, ya que está conectadas con quebradas de pequeños ríos que descienden de la cúspide de la serranía, escaseando en los meses de octubre y noviembre, aunque no signifique que se sequen las vertientes; 4) Sólo la vertiente “Pila T’uqu” es la que mantiene a las familias de ambas comunidades como también a la escuela, que está situada en la Comunidad de Conda Arriba “B”, de cuya vertiente emana la mayor cantidad de flujo hídrico; 5) Mientras en la comunidad Conda Arriba “B”, una sola vertiente, perteneciente al sindicado agrario, emana flujo regular de agua y abastece sólo a algunas familias campesinas de la Comunidad Conda Arriba “B”; 6) La vertiente “Pila Túqu”, que según autoridades y comunarios de Conda Arriba “B” fue comprada hace veinte años; y, que es transportada en cañería de la comunidad Conda Arriba “A” a Conda Arriba “B” utilizando una bomba a motor -que incrementa la cantidad del caudal del agua- y se almacena en un tanque de plástico, que es motivo de conflicto, dividiendo a las familias que utilizan el agua para consumo doméstico y riego, situación que afecta las relaciones sociales comunitarias, que hasta antes del inicio del conflicto (aproximadamente mayo de 2014) eran armónicas; 7) En la comunidad Conda Arriba “A” existen cuatro vertientes de agua, de las cuales dos vertientes benefician a la familia propietario de la parcela donde se encuentra; otra vertiente cuyo caudal proviene de una quebrada de río que desciende de la cúspide del cerro Cóndor Puñuna; y, la vertiente “Pila T’uqu” beneficia a todas las familias de la comunidad; el uso se realiza a través de las vertientes de agua que emanan de determinados lugares, que no representan la única fuente, también está el río Zapaguerri que atraviesa por el medio el territorio de la comunidad; Conda Arriba “A” cuenta con cuarenta y nueve afiliados que cuentan con parcelas de una hectárea, siendo con doscientos habitantes, que ocasiona que sea restringido el acceso al agua, porque la vertiente “Pila T’uqu” no sólo está destinada a familias del grupo “A” sino también se distribuye al “B”; la comunidad, con el criterio de redistribuir el agua en forma igualitaria, estableció requisitos que legitiman los derechos y deberes de una persona para gozar del acceso al uso del agua -que emanan de las vertientes del río y pozo- como: poseer una parcela, ser miembro activo de la comunidad, participar de las reuniones; y, asumir cargos en el directorio; la referida vertiente es utilizada para regar las parcelas donde se produce maíz, trigo, papa, hortalizas, que son el sustento material de la familia nuclear campesina; y, para consumo humano, que se distribuye para cada una de las familias; del lugar de donde proviene el agua de una vertiente, se canaliza para llenar un tanque, que luego se distribuye en piletas públicas; al estar organizadas bajo la lógica del sindicato campesino, basada en su estatuto y reglamento de sus entes matrices, el nivel de acceso al agua se regula para que todos de forma ordenada o bajo lista usufructúen las aguas de la vertiente para el consumo doméstico, regulándose su acceso en forma racional, según el aprovechamiento que le dan las familias, sobre todo los que cuentan con granja de pollos que la utilizan como insumo para que los pollos crezcan y sean comercializados; a diferencia del agua del río que la destinan para el riego de las producciones agrícolas; deduciéndose que el acceso racional al agua, pone en conflicto a las familias que se dividieron Conda Arriba “A” y “B”, a decir de los comunarios de Conda Arriba “A”, a partir de la construcción de los galpones de pollo; 8) Según las familias de la comunidad Conda Arriba “A”, la comunidad Conda Arriba “B” cuenta con siete vertientes de agua ubicadas por diferentes sitios del territorio, añadiéndose dos vertientes, la vertiente comprada por la familia Janckori y otra de la familia Orellana, que benefician solo a la familia que tiene parcelas; sin embargo, las otras vertientes de agua según los comunarios y representantes de Conda Arriba “B” poseen escaso caudal de agua que no abastece para el consumo ni para los cultivos; realizando las familias de la comunidad auto-gestión del agua, acopiando el agua de las vertientes en un tanque, utilizando el agua rebalsada para regar los sembradíos; mientras que el agua del tanque utilizan para consumo humano, distribuido a cada domicilio a través de tuberías conectadas a una pileta; entonces las aguas de las vertientes están destinadas para consumo doméstico y las aguas del río para regar sembradíos agrícolas; sin embargo, hace cuatro años aproximadamente se construyeron granjas de crianza de pollos, con fines de comercialización, cada una de las granjas crían nueve mil pollos, que demandan agua y se suministra de las vertientes de agua y del tanque que proviene de la comunidad Conda Arriba “A”; 9) El nivel de aprovechamiento del recurso hídrico en ambas comunidades, tiene las siguientes características: el aprovechamiento de las vertientes de agua es para consumo doméstico -para el lavado de ropa van al río Zapaguerri-; y, el excedente se utiliza -en algunos casos- para la producción agrícola; entre los meses de octubre a marzo las parcelas se riegan con lluvia, en otoño e invierno existe escasez de agua, por lo que riegan con agua de las vertientes que canalizan directamente a los cultivos como el agua del río. Asimismo, existe un aprovechamiento del agua como insumo para la crianza de pollos, que es una actividad económica con altos ingresos económicos, que requiere el suministro de las aguas de vertientes con frecuencia, las familias que se dedican a la crianza de pollos previamente almacenan en tanques de agua para luego llevar en cañería hasta la granja, situación que -según los comunarios de Conda Arriba “A”- reduce el caudal para el consumo del resto de las familias; destinándose la mayor cantidad de agua a las granjas de pollo, mientras las familias de la comunidad Conda Arriba “B” señalan que compraron el lugar de las vertientes de agua hace veintidós años a Bs100.- (cien bolivianos) con ello justificaron el aprovechamiento del agua de la vertiente “Pila T’uqu” que se encuentra en la comunidad Conda Arriba “A”; 10) Respecto a los lugares donde está destinada el agua de las cañerías instaladas en cumplimiento del AC 105/2014-CA-MC/S de 25 de septiembre, la comunidad Conda Arriba cumplió con la medida cautelar, verificándose que la Unidad Educativa “Pascual Nogales” cuenta con suficiente agua; también se observó, que en la comunidad de Conda Arriba “A” existen vertientes de agua que pueden beneficiar al consumo humano, en el lado de Conda Arriba “B” se verificaron seis vertientes de agua -una de ellas corresponde al Sindicato, que solo llega al corral de gallinas (cada persona cuenta en cada corral con más o menos nueve mil pollos)-; que indican solo hay hasta septiembre posterior a eso se van secando paulatinamente, sin embargo, los comunarios “del frente” indicaron que se cuenta con agua el año redondo, que puede bajar el caudal pero no en su totalidad. La comunidad de Conda Arriba “A” no niega proporcionar con su vertiente de agua para la unidad educativa, por lo que cumplieron con las medidas cautelares dispuestas, aclarando que si bien se comprometían en proveer agua para la unidad educativa, sería mediante tubería que conectará por debajo del río -que fue instalada-, empero los dirigentes de Conda Arriba “B” habrían roto la tubería por la disconformidad, ya que ellos pretenden llevar el agua por tubería a través del cerro para que pueda abastecer las granjas de pollo; 11) Concluyó, que se evidencia que la unidad del Sindicato tiende a fracturarse por la controversia del agua; se evidenció que en la comunidad Conda Arriba existen once vertientes, de las cuales cuatro corresponden al lado de la comunidad Conda Arriba “A” y siete al lado “B”; el uso que le dan al agua en el lado “A” es para consumo humano y comparten con la escuela; en el lado “B” cada vertiente es usada individualmente sobre todo para el abastecimiento de la crianza de pollos; por lo que se verificó que el agua que traen del lado “A”, vertiente de “Pila T’uqu”, está siendo usada para consumo humano y la escuela, pretendiendo que pueda abastecer para algunas granjas de gallina; empero, los afiliados que viven alejados son los menos beneficiados, ya que no llega el agua, porque se termina en las granjas; aún no están organizados para administrar y regular el consumo de agua potable, negándose los dirigentes a la instalación de medidores, ante este desequilibrio mucha gente está siendo privada del líquido elemento; y, 12) No existe una política de “funcionamiento” del agua, que debería ser orientado desde el GAM de Pocona y del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, ya que el tanque nuevo de almacenamiento de agua, que habría sido construido para proveer la misma de una sola vertiente, no presta servicio por la falta de cumplimiento del convenio con el propietario, por lo que el sistema de agua potable debe ser administrado de acuerdo a norma.