SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1294/2015- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1294/2015- S1

Fecha: 22-Dic-2015

garantía contra la arbitrariedad

Lo desarrollado, debe entenderse en armonía con el hecho de que la prueba, es lo que confirma o desvirtúa una hipótesis o afirmación, es el medio más confiable para descubrir la “verdad material” y a la vez la mayor garantía contra la arbitrariedad de las decisiones que son asumidas en un proceso. En éste sentido; y, tal como lo ha entendido el art. 85 de la LRDPB, la búsqueda de la verdad es el fin del proceso (o de la investigación), por lo que éste debe desarrollarse tendiendo a la reconstrucción conceptual del acontecimiento histórico sobre el cual versa.

Los artículos desglosados (que hacen a la actividad probatoria, dentro de un proceso disciplinario de la policía boliviana), no refieren simplemente un instituto procesal en sí mismo (la prueba), sino que efectivizan derechos y garantías de orden constitucional y convencional vinculados con el derecho efectivo de acceso a la justicia, el derecho de defensa, el derecho a ser oído por los tribunales competentes; y, por supuesto el debido proceso, uno de cuyos componentes principales, consiste en el derecho de defensa y el derecho a la valoración de la prueba; debido a que, la importancia de admitir y asignarle un valor, a todos los elementos de convicción, es decisiva para el resultado del proceso. En ese contexto, la admisión y valoración (sea positiva o negativa), de todos los medios de prueba, permiten el respeto de otros derechos y garantías como los enunciados.