SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1355/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1355/2015-s2

Fecha: 16-Dic-2015

II.4.

II.4.  Solicitud al que el Juez de la causa; por providencia de 18 de febrero de 2015, resolvió disponiendo que la parte actora devuelva de manera voluntaria los ambientes que se encontraba en posesión la demandada antes del desapoderamiento ordenado, dentro de termino de tres días a partir de su legal notificación, bajo conminatoria de librarse mandamiento de desapoderamiento; señalando que habiéndose pronunciado sentencia que declaró improbada la demanda de interdicto de recobrar la posesión misma que se encuentra ejecutoriada, por lo que ya no tienen razón de ser la medida precautoria, mediante la cual se ordenó el desapoderamiento de los ambientes peticionados objeto de dicho proceso (fs. 91).