SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

II.3.

II.3.    Por Auto 520 de 13 de octubre de 2014, la titular del Juzgado Sexto de Partido Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, resuelve las excepciones perentorias de cosa juzgada agraria y acción negatoria, planteadas por Iris Méndez de Montero, en contra de los herederos de Edelmira Vargas Mencias (Blanca Rosa Guamán de Geilani y Ángel Florencio Guamán Vargas), declarando probada la referida excepción, resolución que es dictada en ejecución de sentencia dentro del concluido proceso ordinario referido en la Conclusión II.1 del presente fallo, arguyendo que al existir dos resoluciones contrarias con igual jerarquía (Auto Supremo 135 de 11 de julio de 1990 y Auto Supremo 54 de 25 de agosto de 1993), es de preferente aplicación este último emergente del recurso directo de nulidad, también referido precedentemente, por ser el más reciente, constituyéndose en suficiente título para oponerse al desapoderamiento dispuesto en el proceso ordinario (fs. 83 a 85); sumándose a esta resolución los autos complementarios ambos de 10 de noviembre de 2014, el primero con relación a que se mantiene subsistente el derecho propietario de Iris Méndez de Montero como se encontraba antes de la demanda y el segundo que declara procedente la acción negatoria y la oposición de derecho propietario al no existir otro derecho que se contraponga al mismo.