Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1377/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.2.
II.2. El Alcalde Municipal de El Alto, mediante la Resolución Técnico Administrativa 491/10 de 18 de octubre de 2010, dio por concluido el trámite de expropiación del lote de terreno, ubicado en el Plan 112 de la Urbanización Ciudad Satélite, signado con el número 50 de la manzana B3 con una superficie de 200 m², con destino a la construcción de una Sede Social-Centro Cultural de propiedad de los herederos Zangüeza Dueñas, a quienes se les cancelería la suma de Bs64 698, 81.-, como justo precio del referido lote (fs. 37 a 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. I
- Fragmento 14
- III.2. Sobre el plazo de los seis meses o inmediatez en la solicitud de tutela
- el plazo se computará desde la notificación con la resolución que la conceda o rechace
- III.4. A
- Fragmento 18
- Fragmento 19