SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1377/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1377/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

II.5.

II.5.    El Juez Segundo de Partido Civil y Comercial de El Alto del departamento de La Paz, emitió la Resolución 56/2014 de 5 de marzo y dispuso se suscriba la respectiva minuta del inmueble a favor del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, al haberse depositado el monto de Bs64 698, 81.- contra la que los accionantes interpusieron recurso de apelación; instancia en la cual, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Resolución 300/14 de 8 de octubre de 2014, que confirmó la determinación apelada, de la que solicitaron aclaración o enmienda, dictándose el Auto complementario de 30 de octubre del año mencionado, por el cual señalaron que la causa se trata de un “proceso voluntario de expropiación forzosa”, y en aplicación del art. 196 del Código de Procedimiento Civil (CPC) en vía de enmienda, se corrige el error involuntario, consignando en el encabezamiento del mencionado Auto de Vista, el término incorrecto “ORDINARIO” por el correcto “PROCESO CIVIL VOLUNTARIO”, debiendo por lo demás quedar firmes y subsistentes, con el que se notificaron a los accionantes el 18 de noviembre del mismo año (fs. 97; 98 a 101 vta.; 4; 8 a 9).