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Sentencias
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2015
El suscrito Magistrado expresa voto aclaratorio respecto a la parte dispositiva 3° del expediente 05319-2013-11-CEA, Declaración Constitucional Plurinacional 0016/2015 de 16 de enero; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional, manifiestan su disidencia con la DCP 0011/2015 de 16 de enero, por los siguientes fundamentos de orden constitucional:
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0042/2015-s2
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2015-S2
Los suscritos Magistrados manifiestan su voto disidente en relación a la DCP 0022/2015 de 16 de enero, correlativa a la DCP 0039/2014 de 28 de julio, bajo los siguientes fundamentos de orden jurídico constitucional:
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0016/2015-S2
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2015-S2
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2015-S3
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015-S3
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015
Correlativa de la DCP 0055/2014 de 21 de octubre
AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2015-CA
AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2015-CA
El suscrito Magistrado expresa voto aclaratorio respecto al primer párrafo de la parte dispositiva 3° del expediente 03775-2013-08-CEA, DCP 0008/2015 de 14 de enero; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia con la DCP 0005/2015 de 14 de enero, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia en relación a la DCP 0008/2015 de 14 de enero, en base a los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2015-CA
AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2015-CA