Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2015
Fecha: 12-Feb-2015
I.3. Admisión y citación
Por AC 0306/2013-CA de 8 de agosto (fs. 469 a 472), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, admitió la acción de inconstitucionalidad concreta planteada contra el art. 29 Bis del CPP, ordenando poner en conocimiento del presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, como representante del órgano emisor de la norma impugnada, a objeto de que pueda formular los alegatos que considere necesarios, orden que fue cumplida el 24 de septiembre de 2014, conforme consta en la notificación cursante a fs. 497.
- acción de inconstitucionalidad concreta promovida por José Luis Fonseca Zubieta, Juez de Instrucción Liquidador y cautelar de Totora del departamento de Cochabamba,
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- I.3. Admisión y citación
- a)
- II.1.
- II.2. Se demanda la inconstitucionalidad del art. 29 Bis del CPP, cuyo contenido, señala:
- Art..123:
- Art. 178.I:
- Art. 8.1:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Generalidades respecto a los alcances de la acción de inconstitucionalidad
- su labor se concentra en el control objetivo de constitucionalidad de las disposiciones legales objetadas
- 1.
- 5.
- III.2. La inconstitucionalidad de una norma por su origen y por su contenido
- 2.
- III.4. Institutos jurídicos concurrentes a la problemática a resolver
- III.4.1. En cuanto al debido proceso
- a ser juzgado sin dilaciones indebidas
- el derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas”
- III.4.2.
- en materia de corrupción, para investigar, procesar y sancionar los delitos cometidos por servidores públicos contra los intereses del Estado
- '
- III.5. Juicio de constitucionalidad
- Fragmento 25
- la sociedad como la justicia
- Fragmento 27
- por eso mismo aprobó y sancionó el art. 29 Bis del CPP, introduciendo inclusive en el mismo, el art. 112 de la CPE
- III.5.2. Sobre el cargo de la supuesta aplicación retroactiva del art. 29 Bis del CPP