Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2015 S-1
Fecha: 06-Feb-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 3 de abril de 2014, cursante de fs. 159 a 161 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ruth Angélica Navia Vásquez contra Félix Zapata Castellón, Presidente, Jhonny Calani Guzmán y Rene Pérez Arias, ex y actual Secretario, Johnny Ledezma Mendizábal y Celia Aguirre Guzmán, ex y actual Vocal todos miembros del Tribunal Disciplinario de Cochabamba 2 del Magisterio Urbano Cochabamba, Jorge Mario Ponce Coca, Director, y Felipe Jesús Marca Pita Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos integrantes del Tribunal Jerárquico de la Dirección Departamental de Educación, del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Sobre los actos consentidos previstos en la normativa constitucional
- Contra actos consentidos libre y expresamente
- se respeta el libre desarrollo de la personalidad
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.1.1. Jurisprudencia constitucional sobre los actos consentidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR