Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2015 S-1
Fecha: 06-Feb-2015
II.1.
II.1. A denuncia de Mario Meneses, Nancy Ustaris, Elizabeth Velasco, Carmen Márquez, Alejandrina Lazarte, Jaime Rojas, Rosario Delgadillo, Mario Dorado, Juan Carlos Angulo, Félix Ayala, Ernesto Quelca, Cesar Cárdenas, Johnny Ledesma, Hilda Escobar y Hugo Villa, maestros de la Unidad Educativa Villa Santa Cruz nocturno, contra Ruth Angélica Navia Vásquez, por la presunta infracción de los arts. 10 incs. h) y k); 11 inc. a) de la RS 212414, se emitió el Auto Inicio del proceso de 9 de octubre de 2012 (fs. 2 a 5 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Sobre los actos consentidos previstos en la normativa constitucional
- Contra actos consentidos libre y expresamente
- se respeta el libre desarrollo de la personalidad
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.1.1. Jurisprudencia constitucional sobre los actos consentidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR