SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2015 S-1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2015 S-1

Fecha: 06-Feb-2015

Contra actos consentidos libre y expresamente

           Entre esta estructura jurídica y causales de improcedencia encontramos los actos consentidos, cuya esencia teleológica responde sin duda al alcance constitucional previsto por el art. 14.IV de la CPE, pues si el titular del derecho fundamental lesionado decide consentirlo y no reclamar su restablecimiento, el Estado Constitucional de Derecho por la ingeniaría normativa que expande, no puede obligar al ciudadano a obrar en consecuencia, salvo excepciones relevantes.