SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

1)

La parte accionante ratificó la acción planteada, y la amplió señalando que: 1) El municipio actuó fuera del marco de la ley, desconociendo las normas y el debido proceso por la no consideración del petitorio de la abrogatoria de la Ordenanza Municipal impugnada; en consecuencia, se demostró que la petición es clara, cierta y positiva, por cuanto los demandados incurrieron en una omisión de las garantías constitucionales; y, 2) El Alcalde Municipal, luego del rechazo de la reconsideración realizó actos de ejecución de la Ordenanza Municipal que determina la construcción del monumento a Domitila Barrios de Chungara en el lugar donde ejercen sus derechos, de manera que si bien el Concejo Municipal rechazó la derogatoria de la Ordenanza Municipal 4578/12, quien tiene que ejecutar y que está en este momento en un proceso de licitación suspendida, es el Alcalde Municipal, mismo que fue demandado, por lo que solicitó se conceda la tutela.