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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015-S2

    Fecha: 03-Feb-2015

    II.1.

    II.1.    A solitud de la Organización Territorial de Base (OTB) “San Antonio” de Cochabamba, el Alcalde Municipal realizó las gestiones respectivas ante el Concejo Municipal que emitió la Ordenanza Municipal 4578/2012, por la que en su Artículo Primero, autorizó el emplazamiento de un monumento conmemorativo a Domitila Barrios de Chungara, a ubicarse en la confluencia de la calle Esteban Arce y av. Ayacucho (fs. 265 a 266).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III
    • solicitaron al Concejo Municipal la abrogatoria de la Ordenanza Municipal 4578/2012,
    • Las solicitudes de Modificación, Abrogación o derogación de Ordenanzas y/o Resoluciones Municipales planteadas por los interesados, serán atendidas como Reconsideraciones; siempre y cuando cumplan con la debida fundamentación y precisen los motivos para su modificación, abrogación o derogación correspondiente, debiéndose seguir el mismo procedimiento
    • Ley N° 2028 de 28 de octubre de 1999
    • CONFIRMAR en todo

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