Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015-S2
Fecha: 03-Feb-2015
II.2.
II.2. La Asociación de Comerciantes Minoristas, Artesanos y Ramas Anexas Mercado Triangular “08 de Junio” de lanas y frazadas, ahora accionantes, se encuentran asentados desde hace dieciocho años en el sitio donde se autorizó el emplazamiento del referido monumento, mediante memorial presentado el 15 de junio de 2013, solicitaron al Concejo Municipal de Cochabamba, la abrogación de la Ordenanza Municipal 4578/2013, considerando que vulneró sus derechos al trabajo y comercio (fs. 257 a 262).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- solicitaron al Concejo Municipal la abrogatoria de la Ordenanza Municipal 4578/2012,
- Las solicitudes de Modificación, Abrogación o derogación de Ordenanzas y/o Resoluciones Municipales planteadas por los interesados, serán atendidas como Reconsideraciones; siempre y cuando cumplan con la debida fundamentación y precisen los motivos para su modificación, abrogación o derogación correspondiente, debiéndose seguir el mismo procedimiento
- Ley N° 2028 de 28 de octubre de 1999
- CONFIRMAR en todo