SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2015-S1

Fecha: 10-Feb-2015

i)

Franz Tomás Benavides Mamani, Jefe Departamental de Trabajo de La Paz, presentó informe escrito cursante a fs. 444 y vta., manifestando que: i) Por RA 171/13, la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, aceptó el recurso de revocatoria interpuesto por AASANA, contra la conminatoria de restitución de la accionante a su fuente de trabajo, revocándola; y, ii) Los contratos administrativos de consultoría YHYD/048/12, YHYD/058/2012 y YHYD/006/2013, se constituyen en contratos de naturaleza administrativa, que establecen el objeto, la causa, la duración, la coordinación, así como los derechos y obligaciones de la consultora; sometidos en consecuencia, a la Ley de Administración y Control Gubernamentales y al DS 0181, no así al régimen de la Ley General del Trabajo; en cuyo mérito, no es viable la conversión de contratos administrativos, no siendo aplicable el art. 48 de la CPE.