SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

Fragmento 33

En virtud a la actual concesión, por vulneración al debido proceso en su elemento de motivación de las resoluciones, ya no se considera necesario ingresar a analizar y pronunciarse sobre los demás derechos alegados, como a la defensa, propiedad y de petición; toda vez, que por efecto de dicha concesión, se dejará sin efecto el Auto de Vista de 10 de mayo de 2013, y se dispondrá que el Tribunal de apelación, emita una nueva Resolución, debidamente fundamentada, en torno a puntos resueltos por el inferior y los apelados y fundamentados por la parte accionante.