SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante considera vulnerados sus derechos a la ciudadanía, a participar del ejercicio y control del poder político, al trabajo y el principio de legalidad, alegando que las autoridades ahora demandadas procedieron a su suspensión en calidad de Concejala titular del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, junto a otros Concejales a consecuencia de dos denuncias interpuestas en su contra que suscitaron se emitan acusaciones formales, y no obstante que dichos procesos en la actualidad ya no se encuentran vigentes por cuanto en uno se declaró la nulidad de la acusación y en el segundo se dispuso el archivo de obrados, se denunció el desconocimiento de la SCP 2055/2012, que declaró la inconstitucionalidad de los arts. 144 y 145 de la LMAD, que permitía la suspensión con la simple acusación, lo cual no fue acogido favorablemente por los referidos Concejales demandados, quienes se declararon incompetentes para restituir a cualquier autoridad basándose en la aplicación del art. 24 de la Ley Municipal Autonómica GMASCS 001/2011, y haciendo alusión al art. 14 del CPCo, pretendiendo de esta manera la inmutabilidad de la Resoluciones Municipales de suspensión.