Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015-S1
Fecha: 13-Feb-2015
II.1.
II.1. Por Auto 313/013 de 29 de noviembre de 2013, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, concedió la acción de amparo constitucional interpuesta por Adrián Federico Camacho Gott contra Moisés Rosendo Torres Chivé y Alex Ríos Caballero, Alcalde y Director de RR.HH., ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, ordenando: 1) La inmediata reincorporación del accionante al cargo laboral que desempeñaba al momento de su destitución; y, 2) La cancelación de haberes devengados, se regularice respecto a la seguridad social que corresponda en estricto derecho (fs. 260 a 265).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2.
- la inmediata reincorporación del accionante al cargo que desempeñaba al momento de la destitución
- podrá inclusive revocar y declarar 'no ha lugar' a la denuncia de queja de incumplimiento de sentencia formulada y que fue resuelta por el juez o tribunal de garantías que conoció inicialmente la referida queja decisión que deberá ser cumplida de manera inmediata
- se regularice respecto a la seguridad social que correspondiere en estricto derecho
- REVOCAR