Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2015-S1
Fecha: 13-Feb-2015
II.3.
II.3. Contra el Auto 35/13, Gilberto Ferrufino Arroyo y Lucía López de Ferrufino, formularon recurso de casación que fue radicado en la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz que, mediante Auto de Vista de 30 de enero de 2014, anuló obrados hasta “fojas cuarenta y siete” inclusive (fs. 16 a 19 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El recurso de casación civil en el fondo y en la forma
- III.2. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones y el principio de congruencia
- III.3. El derecho de acceso a la justicia vinculado al principio pro actione
- “sin que las exigencias formales impidan su protección oportuna y efectiva”
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- CONFIRMAR en parte,