SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2015-S3
Fecha: 19-Feb-2015
apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
En todo caso, si la intención de la parte accionante era que éste Tribunal excepcionalmente cuestione la valoración realizada por las autoridades demandadas, entonces era obligación mostrar que la decisión descrita ut supra incurrió en lo siguiente: “'…a) Exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir (…) o b) Cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales…'” (SCP 1517/2014 de 16 de julio, que cita a la SCP 0371/2014 de 21 de febrero) (el resaltado es nuestro); en consecuencia, al estar motivado y fundamentado el AS 097/2014 y, no haberse mostrado la irracionalidad de dicha decisión judicial, este Tribunal se encuentra imposibilitado de cuestionar y dejar sin efecto dicho fallo, como solicita la empresa accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- debido proceso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- debe procurarse generar en el recurrente la certeza de que evidentemente incumplió con las exigencias que la norma establece, precisando cuál o cuáles de los requisitos fueron omitidos y por qué se tienen como incumplidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- 3)
- 4)
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- limitándose el recurrente
- REVOCAR