Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2015-S3
Fecha: 19-Feb-2015
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 282/2014 de 17 de junio, cursante de fs. 183 a 186 vta., pronunciada por la Sala Civil, Comercial y Familiar del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela pedida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- debido proceso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- debe procurarse generar en el recurrente la certeza de que evidentemente incumplió con las exigencias que la norma establece, precisando cuál o cuáles de los requisitos fueron omitidos y por qué se tienen como incumplidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- 3)
- 4)
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- limitándose el recurrente
- REVOCAR