Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2015-S3
Fecha: 19-Feb-2015
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia el 17 de junio de 2014, según consta en el acta, cursante de fs. 177 a 182 vta., con la concurrencia de los apoderados de la empresa accionante, la Gerencia de GRACO del SIN de La Paz, como tercero interesado a través de su representante, ausentes las autoridades demandadas -quienes presentaron informe escrito-, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- debido proceso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- debe procurarse generar en el recurrente la certeza de que evidentemente incumplió con las exigencias que la norma establece, precisando cuál o cuáles de los requisitos fueron omitidos y por qué se tienen como incumplidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- 3)
- 4)
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- limitándose el recurrente
- REVOCAR