SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
Resolución Municipal Técnico Administrativa aprobada por el Concejo Municipal de La Guardia, que acredite la existencia de la urbanización
Ahora bien, conforme a lo referido no es evidente lo indicado por el accionante cuando afirma que el argumento de los demandados para confirmar la resolución del aquo, fue la inexistencia de documentación que acredite la urbanización, que afecta justamente su lote, cuando en realidad el fundamento del Auto de Vista ya mencionado fue justamente valorar la documentación cursante y llegar a la conclusión de que no existe en obrados Resolución Municipal Técnico Administrativa aprobada por el Concejo Municipal de La Guardia, que acredite la existencia de la urbanización (Conclusión II.8). En razón, a ello sí se advierte que los demandados realizaron sobre la prueba cursante, valoración probatoria, la que derivó en apreciar justamente esta prueba y llegar a la conclusión de inexistencia de urbanización aprobada mediante Resolución municipal.
Situaciones éstas que imposibilitan no poder realizar el control de constitucionalidad solicitado por la accionante, por cuanto no se cumplió el presupuesto para ello, respecto a que no se advirtió conducta omisiva de parte de los demandados traducida en la falta de compulsa de los medios probatorios ofrecidos, como ya se mencionó precedentemente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Valoración de la prueba. Subreglas de aplicación
- la valoración realizada es arbitraria e irrazonable y no obedece a los marcos legales de razonabilidad y equidad
- a) Conducta omisiva de los jueces o tribunales, que se traduzca en dos aspectos concretos: i) No recepción de los medios probatorios ofrecidos, ii) La falta de compulsa de medios probatorios ofrecidos; y, b) Apartamiento flagrante de los principios de razonabilidad, proporcionalidad y objetividad.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Resolución Municipal Técnico Administrativa aprobada por el Concejo Municipal de La Guardia, que acredite la existencia de la urbanización
- CONFIRMAR en todo