Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.1.
II.1. Mediante Resolución Disciplinaria 21/2013, la Jueza Segunda Disciplinaria del departamento de Pando, en mérito al art. 198.1 de la LOJ, declaró probada la denuncia instaurada por Juan Luis Mallea Uriarte contra Miguel Ángel García Solares, con referencia a faltas graves previstas en el art. 187.9 y 14 de la citada Ley, existiendo prueba suficiente que generó convicción en la conducta del ahora accionante, imponiéndose la sanción de suspensión del ejercicio de sus funciones, por el tiempo de un mes sin goce de haberes (fs. 5 a 7 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. El proceso disciplinario de servidores judiciales y ex servidores judiciales de la jurisdicción ordinaria y agroambiental. Marco normativo
- 9.
- Fragmento 16
- III.2. La motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales,
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR