Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.1.
II.1. El 28 de diciembre de 2012, Gustavo Adolfo Vargas Salvatierra; Yobana Echenique Salvatierra; Shirley Echenique Salvatierra; Walberto Echenique Salvatierra y Gary Justiniano Salvatierra, formularon proceso de interdicto de recobrar la posesión contra Hermocinda Salvatierra Gutiérrez y José Salvatierra Gutiérrez, demanda que fue admitida el 31 de igual mes y año por la Jueza de Instrucción Mixta de La Guardia del departamento de Santa Cruz, mediante Auto de la fecha, notificándose a los “demandados” el 15 de enero de 2013 (fs. 24 a 27).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y su tutela constitucional a través de la acción de amparo constitucional
- a la defensa
- III.3. Del principio de congruencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR