SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

i)

Compulsados los hechos con la denuncia de vulneración de derechos fundamentales en los que hubiesen incurrido los demandados, este Tribunal Constitucional Plurinacional, considera que lo pretendido por el accionante a través de la presente acción tutelar, es: i) Por un lado lograr que sea esta vía extraordinaria la que revise la labor ordinaria jurisdiccional de los Vocales demandados al haber determinado la existencia de riesgos procesales concurrente en relación a su persona la circunstancia prevista en el art. 234.10 y 235.1 y 4 del CPP, desconociendo según éste el art. 235 del mismo código; también; ii) Pretende que se entre a determinar que los Vocales demandados habría obviado referirse a su primer punto de apelación, el referido a que el Ministerio Público, no interpuso un recurso de apelación, sino uno de “revisión de riesgos procesales”; y, iii) Finalmente también pretende se determine que los Vocales demandados emitieron una resolución sólo en base a una Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando debieron referirse al último agravio, referido a que el Juez de instancia, hubiese considerado circunstancias nunca expuestas por el Ministerio Público. Por lo tanto esta resolución adolecería de insuficiencia.