SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

en ejecución de sentencia resulta indistinto para efectos de activar el recurso de apelación si el auto es interlocutorio simple

Más adelante, la Sentencia de referencia concluyó: “Las autoridades demandadas, al considerar que la Resolución que rechazó el incidente de nulidad, como un Auto Interlocutorio Simple, hicieron una valoración incorrecta del mismo, toda vez que en ejecución de sentencia resulta indistinto para efectos de activar el recurso de apelación si el auto es interlocutorio simple o definitivo, siendo de aplicación transversal el art. 220.I inc. 1) del CPC, por lo que se concluye que el Auto Interlocutorio de 8 de agosto de 2005 (Resolución 305/2005), debió ser impugnado en el referido plazo”.