Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los accionantes alegaron la lesión de sus derechos a la propiedad privada individual y colectiva, a la dignidad humana y el derecho de los pueblos indígena originario campesinos, citando al efecto los arts. 1, 2, 8, 9.2, 13.I y III, 15, 21.2, 22, 30.II.4 y 6, 56.II, 57, 109.I, 393, 394, 397 y 410.II de Constitución Política del Estado (CPE); XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 21 y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por ello, la doctrina emergente de la jurisprudencia de este Tribunal Constitucional, también ha expresado que el recurso de amparo no puede ingresar a valorar y analizar hechos controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR