Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
II.2.
II.2. Del formulario de información rápida, expedido el 20 de mayo de 2014, por la Oficina de DD.RR. del departamento de Potosí, se advierte que bajo la Matrícula 5031010000294, se halla registrado el derecho propietario de la comunidad Bartolillo, sobre el ex fundo Bartolillo, ubicado en el cantón Betanzos, provincia Cornelio Saavedra del indicado departamento, con una superficie de 38 477,50 m2 (fs. 39 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por ello, la doctrina emergente de la jurisprudencia de este Tribunal Constitucional, también ha expresado que el recurso de amparo no puede ingresar a valorar y analizar hechos controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR