Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015-S3
Fecha: 12-Mar-2015
II.3.
II.3. Mediante Resolución de 14 de mayo de 2013, el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, rechazó el incidente de nulidad planteado por el accionante (fs. 223 a 224 vta.); asimismo, presentó aclaración, complementación y enmienda (fs. 225 a 226 vta.), el cual mereció el Auto de 29 de mayo de ese año, que determinó no haber lugar (fs. 227).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- 1)
- III.1
- por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- v)
- no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- III.2.2.
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- CONFIRMAR