SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015-S3

Fecha: 12-Mar-2015

III.2.2.

III.2.2. Respecto a la valoración de la prueba, la jurisprudencia constitucional de manera uniforme estableció que: “'…este tribunal a través de las diversas acciones tutelares no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivó la decisión judicial o administrativa impugnada, pues ello sería invadir otras jurisdicciones desnaturalizando la esencia de esta acción tutelar, por cuanto la valoración de la prueba es una facultad privativa de dichas instancias ordinarias; esa es la regla y la línea jurisprudencial adoptada'” (las negrillas fueron añadidas) (SCP 1517/2014 de 16 de julio, que cita a la SCP 0371/2014 de 21 de febrero).