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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2015-S3

    Fecha: 26-Mar-2015

    II.2.

    II.2.  El Auto de 10 de marzo de 2014, dictado por el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Oruro, emergente de la ejecución del acta de conciliación de 24 de febrero de 2012, declaró ha lugar la calificación de daños y perjuicios en la suma de $us94,65.-, más $us17 750,00.-, por daños y perjuicios, que deben ser cancelados por la demandada, Luisa Mamani Magne (fs. 22 a 25 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • 1)
    • Proceder a determinar el cumplimiento de algún otro acuerdo accesorio pactado en la ejecución del contrato de venta a plazos
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.3. Intervención del Ministerio Público
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La obligación de identificar a los terceros interesados
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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