Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2015-S3
Fecha: 26-Mar-2015
II.7.
II.7. A través de Auto 54/2014 de 13 de mayo -dando respuesta al memorial de solicitud de explicación, presentado por la ahora accionante-, el Tribunal ad quem, refirió que: “…Siendo claros y precisos los fundamentos del Auto de Vista No. 72/2014 de fecha 17 de abril de 2014 que cursa de fs. 630 a fs. 634 vlta. de obrados, y no existiendo nada que complementar estése a lo dispuesto…” (sic) (fs. 60).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- Proceder a determinar el cumplimiento de algún otro acuerdo accesorio pactado en la ejecución del contrato de venta a plazos
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La obligación de identificar a los terceros interesados
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR