SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2015-S3

Fecha: 26-Mar-2015

II.6.

II.6.  Mediante Auto 53/2014 de 13 de mayo, las autoridades judiciales hoy demandadas señalaron que debido a un error involuntario en el sorteo de 14 de abril de 2014, se intercambiaron los nombres de los vocales relatores en el sello de distribución de causas, siendo correcto que el proceso de ejecución de acta de conciliación seguido por la ahora accionante contra Luisa Mamani Magne, fue distribuido a la Vocal, Farida Brígida Velasco Alcóser -actualmente demandada-, lo que no afectaría lo sustancial de la Resolución, dando por corregidos y aclarados los nombres de los Vocales en la tablilla de distribución y en el libro de Sala, conforme a los arts. 239 y 196 inc. 2) del CPC (fs. 59).