SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2015-S3

Fecha: 27-Mar-2015

II.6.

II.6.  Por cite MTEPS/VMESCyCOOP/DGSC/JFPyRP-820/2014 de 20 de mayo, el Director General del Servicio Civil, puso en conocimiento de la accionante que los recursos jerárquicos son elevados al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, donde son notificados con la radicatoria dispuesta por el Viceministerio de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas, por lo que solicitó aguardar la notificación con el referido actuado, explicando que la demora es atribuible a la falta de personal y la recarga en la resolución de los recursos (fs. 183).