DCP 0101/2015 de 08 de abril, en base a los argumentos jurídicos de orden constitucional:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0101/2015 de 08 de abril, en base a los argumentos jurídicos de orden constitucional:

Fecha: 08-Abr-2015

II.2.4. Sobre el artículo 38.II (enunciado introductorio)

En el enunciado introductorio de esta disposición se hace referencia a la “elección de subalcaldes”, remitiendo su regulación a Decreto Municipal, configurándose una incongruencia interna insalvable con lo dispuesto en el inciso e) del art. 62.II del mismo proyecto de COM, en este caso si vulnera el principio de seguridad pues se hace evidente una regulación contradictorio dentro del mismo cuerpo normativo.