DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2015

Fecha: 08-Abr-2015

numeral 2

El numeral 2, no ha sujetado su reformulación a la DCP 0060/2014, en la que se observó también a la resolución municipal, instrumento de gestión interna del Concejo, por tanto no puede ser presentado por el ejecutivo al Concejo, ya que en aplicación del art. 12.I de la CPE, la instancia legislativa no puede inmiscuirse en actividades propias del órgano legislativo. A mayor precisión, es la propia norma básica que en su art. 20, desarrolla los instrumentos normativos, y entre ellos la resolución administrativa y los reglamentos municipales de tuición del ejecutivo y la resolución municipal del legislativo.