SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2015-S1

Fecha: 06-Abr-2015

II.1.

II.1. La RA DN-UFA-RES 03/2014 de 27 de febrero, emitida por el Director Nacional del INRA, dentro del proceso de Saneamiento Simple de Oficio (SAN-SIM) del predio denominado “Rosario”, ubicado en el municipio de San Andrés, provincia Marbán del departamento de Beni; por la que, se declaró nulos los Formularios de Registro de la FES DE “fs. 138 a 144”; fotografías de Mejoras de “fs. 125-127 y 134” e Informe de Campo de “fs. 138 al 144”, alega la vulneración de la normativa vigente en su oportunidad; la cláusula segunda, señala la existencia de fraude, siendo que el verdadero cumplimiento de la FES se realizará en el correspondiente Informe en Conclusiones considerando únicamente las mejoras registradas al momento de las pericias de campo en el formulario de “Registro de Mejoras” cursante de “fs. 108-109” de obrados; señala asimismo en la cláusula cuarta, que se debe reencausar hasta su conclusión el proceso de saneamiento del predio “Rosario”, asumiendo las medidas correspondientes y precautelando el inicio inmediato de las actividades necesarias debiendo realizarse la correcta valoración de la FES o Función Social y proceder a la acumulación de las carpetas del polígono 152 para su análisis resolución conjunta y simultánea en observación de los arts. “60” (sic) y 303 inc. b) y c) del DS “20215”, (debió decir 29215) y arrimar los actuados respectivo en los términos expuestos en los Informes Técnico DN-UFA-INF82/2013, y Legal DN-UFA-INf 04/2014, así como de la referida resolución conforme a la normativa agraria en actual vigencia (fs. 1326 a 1334) (las negrillas son nuestras).