Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2015-S1
Fecha: 07-Abr-2015
II.8.
II.8. Cursa certificado médico forense del IDIF de La Paz, de 12 de septiembre de 2014, donde en conclusiones señala que el accionante tiene antecedentes de gota y epilepsia retractaría con controles médicos neurológicos constantes y con tratamiento médico, sugiere realizar electroencefalograma actualizado, para determinar el nivel de irritación cortical y la relación con las convulsiones referidas por el examinado y emitir certificado médico neurológico actualizado, señala que se encuentra apto para declarar y para movilizarse (fs. 223).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La importancia del derecho a la libertad personal y su protección a través de la acción de libertad
- es el origen de donde emergen los demás derechos
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. Acción de libertad instructiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23