Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2015-S1
Fecha: 07-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante mediante se representante, alega la lesión de sus derechos a la vida, salud y dignidad al considerar que, la autoridad demandada emitió resolución para que le conduzcan “nuevamente” al Recinto Penitenciario de San Pedro, desconociendo su propia Resolución 435/2013 de 28 de octubre, en la que concede al accionante detención domiciliaria, por considerar que se encuentra enfermo en estado crónico (epilepsia) y enterándose de la orden de traslado al referido Recinto Penitenciario, cuando se encontraba internado en la Clínica San Miguel, al momento de querer ser ejecutada la Resolución por dos efectivos policiales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La importancia del derecho a la libertad personal y su protección a través de la acción de libertad
- es el origen de donde emergen los demás derechos
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. Acción de libertad instructiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23