Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve: CONFIRMAR la Resolución 035/2014 de 19 de septiembre, cursante de fs. 95 a 97, pronunciada por el Juzgado Sentencia Penal del departamento de La Paz; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, en los mismos términos dispuestos por la Jueza de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- Fragmento 11
- III.1. Deber del tribunal de alzada de resolver los recursos de apelación incidental mediante resolución circunscribiéndose a los aspectos cuestionados mediante recurso de apelación
- III.2. Sobre el deber del Tribunal de alzada de resolver el recurso de apelación ingresando al análisis del fondo de la causa, cuando la apelación fue planteada con los debidos fundamentos, pese a la inconcurrencia de la parte apelante a la audiencia de apelación incidental
- en audiencia, ingresando al análisis del fondo, pero en base al fundamento esgrimido por el apelante en su memorial
- III.3. Análisis del caso concreto
- por escrito
- CONFIRMAR