SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2015-S3

Fecha: 22-Abr-2015

II.3.

II.3.                                                                                          Por memorial presentado el 10 de mayo de 2013, la hoy accionante, interpuso recurso de apelación contra la Resolución Disciplinaria de Primera Instancia 16/2013, acusando: 1) Falta de fundamentación y motivación de la Resolución Disciplinaria, señalando que si bien se realizó una relación escrita de todo lo producido como prueba dentro del proceso; ello, no implicaba que se encontrare debidamente fundamenta y mucho menos motivada; y, 2) Falta de valoración integral de la prueba aportada dentro del proceso, puesto que no obstante ser admitida, al momento de fundamentar su decisión, no hicieron mención expresa sobre cada una de las pruebas producidas, referidas a las actas de audiencia de medidas cautelares celebradas el mismo día que la audiencia conclusiva, realizando la autoridad disciplinaria una valoración discrecional indicando que lo que se debía haber hecho es hacer esperar a los litigantes por toda la mañana, cuando el art. 118 del Código de Procedimiento Penal (CPC), es claro al otorgar la facultad de habilitar días y horas hábiles, lo cual no es imperativo (fs. 134 a 135).