SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2015-S1

Fecha: 30-Abr-2015

“equilibrio cósmico”

La armonía, desde la cosmovisión de las naciones y pueblos indígena originario campesinos (comunidad humana), parte de la similitud o analogía del “equilibrio cósmico” que expresa en su conjunto una armonía donde se observan los principios que la humanidad asume como modelo de vida establecidos en la reciprocidad entre los diferentes elementos del sistema planetario, complementariedad entre ellos, un camino (ñan) que recorre cada planeta (órbita), que en el espacio forman la armonía y equilibrio, para irradiar a la humanidad, el vivir bien, vida armoniosa, vida buena, la tierra sin mal, como un elemento más de todo el sistema cósmico.

A partir de estos elementos la Constitución Política del Estado, recoge como principio valor el “Ñandereko” (vida armoniosa), que de acuerdo al Informe Técnico U.D. 047/2015 de 27 de marzo de la Secretaría Técnica del Tribunal Constitucional Plurinacional, señala: “dentro de esta estructura y siguiendo a Antonio Ruiz de Montoya, Tesoro de la lengua Guaraní (1639), Bartiolomeu Melia entiende por ñandereco: modo de ser, modo de estar, sistema, ley, cultura, norma, comportamiento, hábito, condición, costumbre. En esta concepción se encuentra la quinta esencia de su comprensión de la Calidad de Vida (Melia, 2008:108)”.

En este contexto todas las actividades económicas reconocidas en la Constitución Política del Estado, deben tener como objetivo contribuir a esa sociedad justa y armoniosa, practicando los principios y valores que conlleven a una sociedad en armonía a nivel macro y niveles locales donde intervienen diferentes elementos y actores societarios.