SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2015-S1

Fecha: 30-Abr-2015

III.6.  Del debido proceso en el ámbito privado

La Constitución Política del Estado en su art. 115.II, señala: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”. Si bien esta garantía está señalado en el ámbito judicial no es limitativo al ámbito privado que debe ser comprendido como la manera de hacer una acción garantizando que en todo momento la participación y la transparencia de los actos administrativos privados a fin de que las partes no aleguen desconocimiento y que no han contado con la oportunidad de hacer las observaciones, cuestionamientos o apelaciones necesarias en su momento.